Micelio
Auto8 de agosto de 2024

A- de 2024

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante Montaño Mina Tatiana·Demandado Nueva Eps

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Juez no le es dado declinar su competencia bajo el pretexto de hacer una adecuada aplicación de las normas atinentes al reparto
Conflicto De Competencia Aparente
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Corte Constitucional
  • Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Promiscuo Municipal Ansermanuevo (Valle del Cauca) y el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito Judicial de Cartago (Valle del Cauca).

La Corte encontró que en el presente caso sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el primer despacho alegó su incompetencia con base en las reglas de reparto previstas en el Decreto 1069 de 2015.

Se dirimió el asunto con la remisión del expediente al Juzgado Promiscuo Municipal Ansermanuevo para que, de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Se hizo una advertencia a este operador jurídico para que, en el futuro se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 26 de junio de 2024 por el Juzgado Promiscuo Municipal Ansermanuevo, Valle del Cauca, en el marco del trámite de la acción de tutela promovida por la señora Tatiana Montaño Mina.
  2. Segundo. ADVERTIR al Juzgado Promiscuo Municipal Ansermanuevo, Valle del Cauca, que en el futuro se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
  3. Tercero. REMITIR el expediente ICC-4719 al Juzgado Promiscuo Municipal Ansermanuevo, Valle del Cauca, para que, de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
  4. Cuarto. Por la Secretaría General de la corporación, COMUNICAR la presente decisión a las partes y al Juzgado
  5. Primero. Administrativo Oral del Circuito Judicial de Cartago, Valle del Cauca.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.